Ley de Disciplina Financiera

En cumplimiento al artículo 7, segundo párrafo, de la Ley General de Contabilidad Gubernamental así como al segundo y tercero transitorio de los "Criterios para la elaboración y presentación homogénea de la información financiera y de los formatos a que hace referencia la Ley de Discilplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios", se publica la siguiente información: